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Les explico en breve, a quien no sabe, algo sobre ciudadanía..ITALIANA!
1) ius sanguinis. Es italiano el hijo de italiano, desde el ITALIANO que nació en Italia y murió después de 1861. Si murió antes no se puede. En este caso el estado DEBE reconocer, no puede rechazar Demostrar con papeles que tu avo nació en ITALIA , sos italiano. 2) iure matrimonii. Es italiano el cónyuge. co MATRIMONIO CIVIL. acá el estado ITALIANo puede rechazar la ciudadanía..
HAY TRES VÍAS ( Legales. !!!) y solo tres por ser reconocido ITALIANO.
1) turno consular donde se reside.2) Ir a radicarse en Italia y tomar residencia cuyo costo es importante aun sólo en boletos de avión. Nadie puede ir en representación de la FAMILIA, quien quiere debe IR y quedarse .3) juicios legales en TRIBUNALES de ITALIA en esta forma es legal, nadie se mueve de casa y TODA FAMILIA PUEDE PARTICIPAR. Obvio el costo es mínimo tmb si se tiene presente que en el consulado para llegar cada uno debe pagar una tasa de 300 euros. En el juicio no
OBVIO despues hay la VIA MATERNA que solo se solucionapor JUICIO:
Esto es la realidad.YO INVITO todos los que quieren colaborar con migo ( profesionales traductores, asociaciones a LLAMARME
Dr TULLIO ZEMBO wsp 00549115458780094 desde América Latina. podemos colaborar JUNTOS. YO LES EXPLICO TODO.